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OBSERVACIONES A ALA INICIATIVA DE LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO
(Comentario por Beatríz Rumbos)
Doctora en Economía y Matemáticas
Profesora e Investigadora del ITAM

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El cambio climático provocado por la actividad humana, concretamente por la emisión de gases efecto invernadero (GEI) cuya componente principal es el CO2, es un fenómeno de escala planetaria con consecuencias potencialmente devastadoras para todos los seres vivos. Como se hace énfasis en la iniciativa presentada por el Senador Alberto Cárdenas Jiménez, todos somos corresponsables y el que México contribuya con apenas el 1.5% de las emisiones totales no lo exenta de tomar medidas conducentes a mitigar las emisiones de GEI. Asimismo, dado que actualmente ya existen cambios en la variabilidad e intensidad de fenómenos meteorológicos catastróficos, como huracanes, innundaciones y sequías, es crucial desarrollar mecanismos de adaptación para proteger las vidas humanas y minimizar el daño económico.

El documento presentado por el Senador Cárdenas contiene buenas intenciones al proponer medidas relacionadas con la mitigación y la adaptación al cambio climático; sin embargo, las propuestas carecen de rigor técnico y académico de manera que, en el mejor de los casos, serían inviables e inútiles y simplemente alimentarían el aparato burocrático del gobierno Federal y, en el peor, podrían tener un efecto recesivo propiciando el caos económico y el manejo político de las medidas al amparo del combate al cambio climático.

Comento algunos puntos:

  • Las fechas propuestas para llevar a cabo buena parte de las medidas son poco realistas, lo cual nos hace reflexionar: ¿qué pasará cuando inevitablemente se llegue a la fecha límite sin haber cumplido el mandato de la ley propuesta? Por ejemplo, el artículo 6 relativo a las medidas de adaptación pretende que “antes de que finalice 2012” se cuente con un sistema completo de mapas de riesgo relativos al cambio climático, se tenga un plan nacional de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, se asignen recursos (¿provenientes de dónde?) para el reordenamiento de asentamientos humanos, se tenga operando un sistema nacional de recursos genéticos, se implemente un sistema de monitoreo climático moderno que proporcione pronósticos, modelación, mecanismos de alerta temprana, etc. Asimismo, en a lo más 15 años se habrá tecnificado totalmente la superficie de cultivos de riego en el país.

Por muchas razones, que incluyen la falta de presupuesto y, más importante aún, la falta de profesionistas y académicos especialistas en el ramo, el 2012 pasará sin que se hayan cumplido las metas propuestas. Adicionalmente, la tecnificación del campo requiere de otro tipo de incentivos para llevarse a cabo.

  • El Sistema Nacional de Cambio Climático quedaría integrado por una Comisión y un Consejo. El artículo 16 (cap II, tit III) contiene las labores (21 en total) que deberá llevar a cabo la Comisión de Cambio Climático.

Para poder entender, atender y cumplir con esta larga lista de tareas, se requeriría no solo de ser expertos en el tema sino de dedicarse tiempo completo al mismo. Dado que esta comisión estaría formada por el Ejecutivo Federal y los titulares de varías Secretarías no es viable que puedan cumplir sus objetivos; asimismo, sus miembros cambiarían de acuerdo a los tiempos políticos haciendo aún más ineficiente su labor.

  • En cuanto al Consejo u organismo de consulta, el artículo 22 dice, textualmente, que “los miembros de este Consejo ejercerán su labor de manera honorífica y a título personal, ...”

Así, se espera que este conjunto de académicos, profesionistas y miembros de la sociedad civil (40 en total) realicen, durante sus horas de asueto, la no trivial tarea de encontrar las medidas óptimas de mitigación y adaptación al cambio climático y las transformen en políticas viables mismas que comunicarán a la Comisión. Asumiendo que son adoptadas, tendrían también que evaluar y dar seguimiento a las mismas. Afortunadamente, ¡el artículo 25 establece que se pondrá a su disposición “una oficina para el desempeño de sus funciones”!

  • Los artículos 48 a 53 se refieren al Registro Nacional de Emisiones y los comprendidos entre el 54 y el 56 exponen brevemente el establecimiento del Mercado de Emisiones de Carbono. Estos temas son sumamente delicados pues en los mercados existentes hoy en día se han detectado numerosos problemas que requieren de un cuidadoso análisis para mejorar el desempeño de estos mercados en el futuro cercano.

Parte de las tareas de la Comisión consisten en establecer las bases técnicas y jurídicas del Mercado de Emisiones, instaurar los derechos de emisión, otorgarlos (“regalando”, literalmente, activos futuros a los emisores) o subastarlos (obteniendo ingresos de los emisores) y establecer las sanciones. Todo esto, estará a cargo del Ejecutivo Federal y algunos Secretarios de Estado de manera que será imposible no politizar las decisiones referentes al Mercado de Emisiones. Sin entrar en detalle, sobra decir que si la Comisión asume estas funciones las consecuencias serán desastrosas. En caso de existir, un mercado de emisiones éste debe ser controlado por un órgano no gubernamental totalmente independiente.

Ni qué decir que el mercado mexicano tendría a CFE (y en menor medida a PEMEX) como emisores dominantes, de manera que el mercado sería sumamente imperfecto. Los mercados internacionales han tenido como resultado un alza en el precio de la energía, dado que las industrias generadoras transfieren el costo adicional a los consumidores. ¿Se ha pensado cómo enfrentar este fenómeno y sus posibles consecuencias? ¿Quién estará a cargo de realizar los análisis costo-beneficio de éste y otros esquemas de mitigación? ¿Cuál será el efecto sectorial y en el PIB? El documento no especifica que sea obligación de nadie realizar este análisis.

 
     
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